SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2
Fecha: 07-Jun-2021
Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento
Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento que versaba acerca de que no se consideró que trataron de victimarla con un arma blanca, el ex Fiscal Departamental de La Paz, compulsó los elementos de la autoría, y del delito investigado enmarcando el hecho en la probable lesión física que sufrió dentro el tipo penal de lesiones graves y leves previsto en el art. 271 del CP, agresión demostrada a través del certificado médico forense que le otorgaba cuatro días de impedimento; empero, de las declaraciones de las denunciadas Andrea Escobar Vda. de Tito y Adela Tito Chipana, ambas coinciden que al ser increpada Rosa Mery Velarde Pairo -peticionante de tutela- en su domicilio, se apresuró a esgrimir un cuchillo e intento atacar a esta última siendo interceptada por Andrea Escobar Vda. de Tito, quien incluso admitió haberle cortado la trenza; esto se refuerza con lo manifestado por la víctima -solicitante de tutela- en el actuado investigativo de inspección ocular donde expresó no recordar bien lo acontecido ni en qué momento le sesgaron su pelo, sin afirmar que hubiera sido agredida o amenazada con un arma blanca; análisis que resulta suficiente para contestar la observación de la impugnación al sobreseimiento.
En ese mérito, el ex Fiscal Departamental de La Paz, para confirmar el requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 26 de abril de 2019, analizó de forma íntegra los elementos puestos a su consideración a través del cuaderno de investigación por la impetrante de tutela y los imputados exponiendo razones suficientes que sustentan el fallo asumido y explicando de manera clara los motivos por los que decidió corroborar la aludida decisión; por ende, corresponde denegar la tutela a ese respecto al no advertirse falta de fundamentación y motivación; toda vez que, la Resolución FDLP/WEAL/S-293/2019 -jerárquica- se encuentra dentro los parámetros delimitados por la jurisprudencia descrita en el citado Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y de incurrirse en esta omisión al disponer sobreseimiento a favor de la parte imputada, la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- sobreseimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- II.2 Impugnación al Sobreseimiento
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- e
- Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento
- CONFIRMAR