Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2021-S2
Fecha: 07-Jun-2021
c)
c) La referida autoridad al momento de emitir la Resolución impugnada no valoró el informe psicológico que le practicaron, en el cual se determinó que presenta cuadros de tristeza, preocupación, impotencia ni tampoco el dictamen pericial psicológico el cual concluyó que sufre de estrés postraumático.
Con esos antecedentes el ex Fiscal Departamental de La Paz, confirmó el requerimiento conclusivo de sobreseimiento de 26 de abril de 2019, disponiendo la conclusión del proceso, la cesación de las medidas cautelares que se les impuso a los terceros interesados y la cancelación de antecedentes policiales con referencia a ese caso, expresando su decisión conforme los siguientes fundamentos:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal
- y de incurrirse en esta omisión al disponer sobreseimiento a favor de la parte imputada, la víctima podrá impugnar el requerimiento ante el superior jerárquico, y si éste igualmente incurre en la misma omisión, quedará abierta la jurisdicción constitucional para que acuda a la misma en busca de protección a sus derechos a la seguridad jurídica y de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, cuyo alcance no abarca, como se dijo, a que la parte acusadora pretenda que este Tribunal obligue a un Fiscal a presentar obligatoriamente la acusación si no únicamente a que dicha autoridad emita su requerimiento conclusivo debidamente fundamentado
- sobreseimiento
- III.2. Análisis del caso concreto
- II.2 Impugnación al Sobreseimiento
- c)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- e
- Respecto al punto dos de la impugnación al sobreseimiento
- CONFIRMAR