SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2021-S4

Fecha: 10-Jun-2021

II.12.

II.12.  De acuerdo al Acta de Entrega de Inmueble de 17 de abril de 2020, se tiene constancia de que se hicieron presentes en el inmueble secuestrado (calle Ingavi 87 de Santa de Yacuma); Erick Mealla Ortega, en representación del Comando UMOPAR-Beni y Celin Silva Julio, Responsable Distrital de DIRCABI-Beni; a fin de que el último de los nombrados, dé conformidad a sus atribuciones; y de acuerdo a lo establecido en el art. 46 inc. i) de la Ley 913, proceda a efectuar la entrega de la vivienda, bajo la modalidad de custodia depositario de inmueble sujeto a inventario, estipulándose un plazo de vigencia de tres meses en el que deberá gestionarse el comodato del bien, firmando como señal de conformidad de entrega DIRCABI-Beni y de recepción UMOPAR-Beni (fs. 50).