SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
Fragmento 19
En el caso que nos ocupa, los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al trabajo y a la inamovilidad funcionaria, vinculados con los derechos a la vida y a la salud; toda vez que, mediante Memorándum CM/RR.HH.-038/2019, desde el 2 de diciembre de 2019 los demandados decidieron prescindir de sus servicios como Oficial de Diligencias de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, sin considerar que Nahir Natalid Bravo Guilardy (coaccionante y concubina de René Félix Fernández Fulguera) se encontraba embarazada; y no obstante, acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, instancia que emitió la Conminatoria de Reincorporación 02/2020 LACJ-JDTEPS BENI, ordenando su reincorporación laboral al mismo puesto que ocupaba antes del despido injustificado, más el pago de salarios devengados desde su ilegal despido hasta su efectiva restitución, la misma tampoco fue acatada.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho fundamental al trabajo
- potestad o derecho que tiene toda persona
- III.2. La estabilidad laboral en el marco de la Constitución Política del Estado
- manifiesta el derecho que tiene el trabajador de conservar su empleo durante su vida laboral, salvo que existan causas legales que justifiquen el despido
- III.3. De la garantía de inamovilidad laboral por embarazo o ser progenitor hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad no aplicable al personal de apoyo judicial
- tanto el empleador como la trabajadora
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la conminatoria de reincorporación laboral emitida en el caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR