Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
II.2.
II.2. A través de Memorándum CM/RR.HH.-038/2019 de 22 de octubre, el Encargado de RR.HH. del Consejo de la Magistratura de Beni, agradeció los servicios del hoy impetrante de tutela, señalando haber cumplido el periodo de sus funciones como “Auxiliar de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Beni”, ordenando hacer uso de sus vacaciones a partir del 28 de octubre hasta el 1 de diciembre de 2019 (fs. 19 y 49).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho fundamental al trabajo
- potestad o derecho que tiene toda persona
- III.2. La estabilidad laboral en el marco de la Constitución Política del Estado
- manifiesta el derecho que tiene el trabajador de conservar su empleo durante su vida laboral, salvo que existan causas legales que justifiquen el despido
- III.3. De la garantía de inamovilidad laboral por embarazo o ser progenitor hasta que la hija o hijo cumpla un año de edad no aplicable al personal de apoyo judicial
- tanto el empleador como la trabajadora
- Fragmento 19
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Sobre la conminatoria de reincorporación laboral emitida en el caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR