Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2021-S4
Fecha: 17-Jun-2021
II.5.
II.5. Consta formulación de notificación de la Jefatura Departamental de Trabajo de Chuquisaca, de 18 de marzo de 2020, realizada a Luz Rosario López Rojo Vda. de Aparicio, en ese momento Alcaldesa del referido ente Municipal, con la citada Conminatoria de Reincorporación JDTEPS-CH/C.R. 0012/2020, del trabajador ahora accionante; con sello de recepción de la entidad municipal de ilegible “12” de junio de igual año (fs. 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- b)
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de dar cumplimiento a las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 18
- III.2. Del cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- en el mismo cargo que ocupaba que era
- CONFIRMAR en parte