SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2021-S2

Fecha: 29-Jun-2021

Fragmento 23

En ese marco, los contratos de consultoría individual de línea suscritos por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija con las impetrantes de tutela, están sujetos tanto al DS 0181 como a la Ley 1178; por ende, la relación entre las partes contratantes están vinculadas a las reglas de las indicadas normas y las establecidas en el propio contrato; por consiguiente, las aludidas al haber firmado los precitados documentos contractuales, decidieron someterse a esa modalidad de contratación y a las reglas señaladas, bajo los principios de buena fe y libre contratación previstos en el art. 3 incs. d) e i) del referido Decreto Supremo; consecuentemente, se evidencia que desde el inicio de su relación laboral, conocían que su contratación se efectuó bajo la modalidad antes descrita y por tanto eventual, al tener una fecha cierta y predeterminada de inicio y conclusión de la misma.