SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2021-S2

Fecha: 30-Jun-2021

III.6.  Análisis del caso concreto

           Lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos precedentes, es aplicable a la problemática de exégesis, en la que la accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación y congruencia, a la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges, a la propiedad privada y a la tutela judicial efectiva; así como los principios de legalidad y seguridad jurídica; conforme a los hechos fácticos debidamente precisados en el apartado correspondiente, ceñidos en lo esencial a que, mediante Auto de Vista de 11 de noviembre de 2019, los Vocales demandados revocaron parcialmente la Sentencia de 20 de septiembre de 2017, que declaró probada en parte en cuanto a la división y partición del inmueble ubicado en la zona Alalay, comprensión Itocta de Cercado del departamento de Cochabamba, manteniendo la declaratoria de improbada respecto a los dineros solicitados. Fallo que denuncia carece de fundamentación, motivación y congruencia, siendo “ultra petita” y “extra petita”, al haberse sustentado que en la convivencia entre ex cónyuges solo duró tres meses desde la realización del matrimonio y el bien inmueble referido fue adquirido cuando existía separación de hecho; por lo que, no sería ganancial; aspectos que no formaron parte del recurso de apelación de Emilio Arce Salguero, no habiéndose pronunciado el aludido Auto de Vista en cuanto a los puntos de agravio realmente demandados por el apelante; realizándose en la decisión asumida además, interpretaciones incorrectas en lo relativo al instituto del matrimonio, su vigencia y ruptura.