SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes consideran lesionado su derecho a la vivienda; toda vez que, la propietaria del bien inmueble donde habitan junto a sus hijos, procedieron a cerrar con candado la rejilla que permite el acceso a su departamento así como el ingreso principal al edificio, los cuales únicamente son abiertos a mucha insistencia teniendo que pedir que se les abra cada vez que tienen que salir o entrar; asimismo, procedieron a hostigarlos amenazándoles con ser desalojados si no cumplen con el pago de los alquileres, cuando en consideración a la emergencia sanitaria en la que se encuentra el país, el Gobierno Central prohibió los desalojos; por otro lado, también denuncian que fueron desprovistos de los servicios básicos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre medidas de hecho
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- la carga probatoria atribuible a la parte peticionante de tutela para vías de hecho, debe estar circunscrita a aspectos que no impliquen la existencia de hechos controvertidos
- no es compatible con la normativa legal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Sobre el cierre de los accesos para el ingreso a la vivienda
- Sobre la amenaza de desalojo
- Sobre el corte de servicios básicos
- III.4. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1°