Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2021
Fecha: 07-Jul-2021
IMPROCEDENCIA
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.1 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve: declarar la IMPROCEDENCIA sobreviniente de la demanda de inconstitucionalidad abstracta formulada por Mario Guerrero Gonzáles, demandando la inconstitucionalidad por la forma de la Ley Autonómica Municipal GAMSCS 1108 de 12 de abril de 2019: “Ley Autonómica Municipal de Movilidad Urbana, Integral, Sostenible y Segura”, por ser presuntamente contraria a los arts. 14.V, 108.1, 162 a 164, 232, 235.1, 241, 270 y 271.I de la CPE.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1.1. Síntesis de la acción
- I.2. Admisión y citación
- a)
- Fragmento 5
- 6.
- 10.
- 11.
- 12.
- Artículo 270.
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- De lo referido se concluye que el control de constitucionalidad no alcanza a la valoración de los fines, los propósitos, la conveniencia o beneficios que pudiese generar la disposición legal sometida a control
- control de la constitucionalidad
- III.2. La
- no tendría sentido pronunciarse sobre una norma que ya no forma parte del ordenamiento jurídico, porque precisamente ha sido derogada, abrogada o ya no se
- concepto que si bien está claramente definido,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Disposición Abrogatoria y Derogatoria,
- Única
- dicho entendimiento fue complementado, estableciendo que
- IMPROCEDENCIA