SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2021-S4

Fecha: 26-Jul-2021

Si el presente contrato concluyere antes del plazo pactado, sea por (…) resolución unilateral

DÉCIMA (NATURALEZA JURÍDICA).- En el marco de las Normas Básicas aprobadas mediante D.S Nº 26115 de 16 de marzo de 2001 (libre nombramiento), el presente CONTRATO EVENTUAL ES A PLAZO FIJO, conforme lo establece el Reglamento de Dotación de Personal Eventual, aprobado mediante R.M. Nº 0002 de fecha 06 de enero de 2003 y la Ley 2027 del Estatuto del Funcionario Público y la Ley 1178 cuya naturaleza responde a un contrato administrativo, regulado por los Términos de Referencia que forman parte del presente Contrato.

h) Resolución de contrato de manera unilateral por parte de la entidad, por estar condicionado el contrato a la disponibilidad de los recursos económicos que pueda proporcionar la Gobernación de Chuquisaca y a ésta el Gobierno Central con recursos provenientes de los Impuestos Directos de los Hidrocarburos (…) la resolución del contrato será ejecutada por el SEDES Ch., a sola comunicación expresa a LA CONTRATADA, sin perjuicio de las acciones administrativas y de responsabilidad establecida en el art. 28 de la Ley 1178 y otras que correspondan” (las negrillas son nuestras).