SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2021-S2

Fecha: 26-Jul-2021

Fragmento 22

Consiguientemente, una eventual modificación al monto estipulado en la planilla, no tendrá efecto en la situación personal de la peticionante de tutela, cuyo derecho a la libertad no se encuentra restringido, y tal como ella afirma en el memorial de interposición de la presente acción tutelar, existe únicamente amenaza de librarse el mandamiento de apremio, quedando expuesta la inexistencia del vínculo directo del acto denunciado como lesivo con el derecho protegido por esta acción de defensa, denotándose en consecuencia que el acto procesal denunciado no es el que opera directamente como causa de alguna supresión o restricción de su derecho a la libertad física o de locomoción.