Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S3
Fecha: 28-Jul-2021
1° CONCEDER en parte
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, disponiendo dejar sin la efecto Resolución Administrativa APS/DP/1311/2019 de 31 de julio, pronunciado por el Director Ejecutivo a.i. de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros; y, en consecuencia el Dictamen 370/2019 de 19 de julio y su Formulario de Fecha de Siniestro, dictados por el Tribunal Médico Calificador de Revisión, y la Nota GR.CBBA.PRT.9105/2019 de 16 de agosto, emitida por la AFP Futuro de Bolivia S.A.; debiendo la parte accionada realizar una nueva valoración conforme a los términos expresados en el presente fallo constitucional; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Dictamen
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- El derecho a la seguridad social
- el derecho a la seguridad social, derivado del derecho a la vida y a la salud, se convierte en un instrumento estatal que materializa uno de los fines del Estado que es el acceso a la salud, protegiendo la vida del ser humano como derecho fundamental primigenio, logrando así el complemento al valor más preciado que es el ‘vivir bien’
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte