SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0375/2021-S3
Fecha: 28-Jul-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Durante los últimos años viene sufriendo una serie de complicaciones médicas, siendo diagnosticado con diferentes enfermedades provocando que reciba constantes y diferentes tratamientos ante la Caja Nacional de Salud (CNS), en calidad de afiliado por la Empresa Sinchi Wayra Sociedad Anónima (S.A.) por el cargo de minero, contando con la Matrícula 63-1111-RIM. Dichas enfermedades dieron lugar a que adquiera la calidad de enfermo renal crónico estadio II, teniendo riesgo de deterioro progresivo de su función social, sufriendo asimismo de diabetes mellitus tipo II e hipertensión arterial hace más de quince años, entre otras enfermedades diagnosticadas en mayo de 2018, contando con distintos certificados médicos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Dictamen
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.
- El derecho a la seguridad social
- el derecho a la seguridad social, derivado del derecho a la vida y a la salud, se convierte en un instrumento estatal que materializa uno de los fines del Estado que es el acceso a la salud, protegiendo la vida del ser humano como derecho fundamental primigenio, logrando así el complemento al valor más preciado que es el ‘vivir bien’
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte