SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

En cuanto al retiro de la acción de libertad

Al respecto, se tiene que ab initio de la instalación de la audiencia de consideración de esta acción tutelar, el representante sin mandato del peticionante de tutela formuló el retiro de la misma, por haberse cumplido con el acto de traslado y cumplimiento del mandamiento de detención domiciliaria, posición que fue respaldada por la parte accionada y que mereció pronunciamiento del Juez de garantías en sentido de que dicha petición, no resultaba viable al haber sido planteado de forma posterior al señalamiento de audiencia e incluso de la comunicación procesal de las partes.