SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

II.3.

II.3.  Se tiene Informe 103/2020 de 11 de septiembre, dirigido a Ludwin Antonio Miranda Fanola -hoy accionado-, por el que Esteban Herrera, Encargado de la División Filiación del Centro Penitenciario San Roque del departamento de Chuquisaca, informó sobre la situación actual del peticionante de tutela; señalando que, en la misma fecha a horas 11:07, se recibió el mandamiento de detención domiciliara con vigilancia policial permanente; y, que el personal dependiente del mencionado Centro Penitenciario, realiza servicio de seguridad interna y externa “…en turnos de 24 y 48 horas, con relevos, en un número de 22 policías por servicio, que consiste en 1 Jefe de seguridad, 1 Comandante de Guardia, 3 llaveros; 1 encargado de arrestos domiciliarios, 1 furriel, 1 Chofer, 8 centinelas, 3 revisores y  3 de seguridad interna para los 507 privados de libertad…” (sic); razón por la que, solo se contaba con un funcionario policial disponible para designar como custodio policial permanente del accionante, solicitando se realicen las gestiones correspondientes ante el Comando Departamental de la Policía (fs. 63).