Trámite procesal.
I.3. Trámite
procesal.
I.3.1. Auto de
concesión del recurso de casación.
Cursa a fs. 35 de obrados, el Auto de 16 de febrero de 2023,
mediante el cual el Juez Agroambiental con asiento Judicial en la ciudad de
Cobija, concedió el recurso de casación ante el Tribunal Agroambiental,
disponiéndose la remisión del mismo.
I.3.2. Decreto de
Autos para Resolución.
Que radicado el expediente signado con el N° 5006/2023,
referente al proceso de Interdicto de Recobrar la Posesión, se dispuso Autos
para Resolución mediante decreto de 20 de marzo de 2022, cursante a fs. 39 de
obrados.
I.3.3. Decreto por el
cual se anula el señalamiento de día y hora de Sorteo. Que, por providencia
de fs. 45, se anuló el decreto de señalamiento de día y hora de sorteo,
cursante a fs. 41 de obrados; toda vez que, la presidente de Sala Segunda fue
convocada con carácter de urgencia a reunión extraordinaria, siendo imposible
asistir a la hora señalada, conforme se tiene del Informe N° 55/2023 de 30 de
marzo, cursante de fs. 43 a 44 de obrados.
I.3.4. Sorteo.
Por decreto de 4 de abril de 2023, cursante a fs. 47 de
obrados, se señaló fecha y hora de sorteo para el día miércoles 5 de abril de
2023, habiéndose procedido al sorteo de la presente causa, conforme consta a
fs. 49 de obrados.
- Encabezado
- Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.
- Argumentos del recurso de casación.
- Trámite procesal.
- Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.2. El Interdicto de Retener la Posesión: Su naturaleza jurídica en materia agroambiental y requisitos de procedencia.
- FJ.II.3. De las competencias sobre Tierras Fiscales y Tierras Fiscales No Disponibles.
- FJ.II.4. El Juez y su rol de director en el proceso.
- FJ.II.5. El debido proceso.
- FJ.III.6. 1. Respecto a la errónea fundamentación que vulnera el derecho al debido proceso
- FJ.III.2. Respecto a la mala valoración de la Certificación adjuntada por el recurrente que tendría legitimidad y legalidad, porque acreditaría un conflicto de posesión entre una comunidad campesina y la detentación a título de barraquero
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2
