Auto Gubernamental Plurinacional S2/0010/2009

Fecha: 30-Sep-2008

En el recurso de casación en el fondo que se analiza, los recurrentes acusan la violación TRIBUNAL AGROAMBIENTAL de los arts. 87 y 93 del Cód. Civ.¸ porque supuestamente en la sentencia los demandantes fueron amparados en la posesión de un terreno sujeto a restricciones, cargas, servidumbres y usos "determinados por normas pertinentes" (sic) y por...

Auto Gubernamental Plurinacional S2/0009/2009

Fecha: 19-Sep-2008

Los actores Roberto Llusco Chávez y Endurado Llusco Chávez, manifiestan en su memorial de demanda que hace 55 años atrás viven en Corojti como vecinos de esa comunidad, dedicándose a la agricultura, sembrando viarias parcelas, en principio ayudaban al abuelo Agustín Llusco que, poseía el terreno de Chisiraya Pampa, que era tasa de Suturi, a la muer...

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0027/2010

Fecha: 26-Sep-2008

Que, Rafael Kantuta Vargas responde a la demanda en forma negativa. Asimismo, indica que las aseveraciones de la parte demandante son completamente falsas, tendenciosas e imaginarias, ya que su persona viene poseyendo en forma quieta y pacífica desde el año 2000, a título de compra-venta de su anterior propietario Mariano Mamani Lucana, igualmente ...

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0015/2009

Fecha: 30-Sep-2008

Los co-demandados, en calidad de prueba de descargo. La documental adjuntada a su contestación, de fs. 45 a 86; la individualizada a tiempo de su contestación, y que fue remitida por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, durante la tramitación del proceso, que cursa a fs. 169 a 187 de obrados; las testificales de descargo de Rosaura Céspedes Ib...

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0013/2009

Fecha: 25-Sep-2008

CONSIDERANDO: Que, mediante auto de 14 de agosto de 2008 cursante a fs. 28, se dispone que la demandada, adecue su contestación a lo previsto por el Art. 79 de la Ley Nº 1715, modificada mediante Ley Nº 3546, la misma que fue notificada a la demandada mediante cedula fijada en la Secretaria del Juzgado Agrario, sin habérsele admitido expresamente el ...

Auto Gubernamental Plurinacional S1/0009/2009

Fecha: 02-Sep-2008

En la etapa de aclaración de la demanda. 1.- El demandante hace uso de la palabra indicando que hace uno 20 a 25 días aproximadamente el demandado y su trabajados desaparecieron de la propiedad Las Malvinas, por lo que existe el daño y el atropello dentro de la misma ratificándose en su demanda principal. Dentro de la audiencia complementaria se pr...