SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª N° 073/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª N° 073/2023

Fecha: 11-Dic-2023

Por Tanto 1

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en ejercicio de la competencia que le faculta los arts. 178, 186 y 189.2 de la CPE, concordante con los arts. 30 y 36.2 de la Ley N° 1715, modificada parcialmente por la Ley N° 3545, los arts. 131.II y 144.I.2 de la Ley N° 025; declara:

1. PROBADA la demanda de nulidad del Título Ejecutorial TCM-NAL-000780 de 18 de octubre de 2005, interpuesta por Pilar Montaño Patiño, Nemecio Alegre García, Mario Rojas Arias, Roberto Chambi Rojas, Aquilino Torrico Málaga, Orlando Carballo y José Pedro Claros Córdova, en contra del Sindicato Villa Verde, representado por Rufino Alegre García, en su condición de Secretario General.

2. NULO y sin valor legal el Título Ejecutorial TCM-NAL-000780 de 18 de octubre de 2005, emitido a favor del Sindicato Villa Verde, respecto del predio que lleva el mismo nombre, clasificado como propiedad comunaria, con una superficie de 589.5342 ha, ubicado en la provincia Carrasco del departamento de Cochabamba, debiendo el INRA cumplir la presente Sentencia, reencausando y sustanciando el proceso de saneamiento realizando un nuevo Relevamiento de Información en Campo, resguardando y respetando los derechos que le puedan corresponder a las partes, con base al razonamiento y fundamento expuestos en el presente fallo.

3. De conformidad al art. 50.II de la Ley No 1715, se dispone la cancelación de la partida en el registro de Derechos Reales del Título Ejecutorial TCM-NAL-000780 de 18 de octubre de 2005.

4. Notificadas las partes con la presente Sentencia, devuélvanse los antecedentes del proceso de saneamiento remitidos por el INRA en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar copias en formato digital.

No firma la Magistrada Dra. Angela Sánchez Panozo, por ser de voto disidente. Suscribe el Dr. Rufo Nivardo Vásquez Mercado, Magistrado de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la convocatoria cursante a fs. 166 de obrados.

Regístrese, comuníquese y archívese. –