SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 03/2023
Fecha: 09-Mar-2023
FJ.3. Sobre la simulación absoluta
V.FJ.3. Sobre la
simulación absoluta
El art. 50.1.1 inc. c) de la Ley N° 1715, determina sobre
esta causal de nulidad, que los Títulos Ejecutoriales estarán afectados cuando
la voluntad de la administración resultare viciada por simulación absoluta,
porque se crea un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y
se hace aparecer como verdadero lo que se encuentra contradicho con la
realidad.
Al respecto la SAP S1a N° 15/2021 de 7 de mayo,
recogiendo el precedente agroambiental de la SAP S1a N° 23/2020 de
20 de 14 diciembre, estableció: "Simulación
Absoluta (art. 50.I.1.c de la Ley N° 1715; esta causal hace referencia a la
creación de un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y se
hace aparecer como verdadero un hecho que se encuentra contradicho con la
realidad, es la acción de representar, mostrar algo que en realidad no existe,
con la intención de esconder y engañar, debiendo probarse a través de
documentación idónea, que el hecho que consideró la autoridad administrativa
como cierto no corresponde a la realidad, existiendo la obligación de
demostrarse lo acusado a través de prueba que tenga la cualidad de acreditar
que el acto o hecho cuestionado ha sido distorsionado; asimismo, corresponde
citar la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a N° 12/2018 de 10
de mayo de 2018, que respecto a la causal de nulidad de Título Ejecutorial por
"Simulación Absoluta", refiere:…el Título Ejecutorial se encuentra
viciado por basarse en hechos que no corresponden a la realidad, aspecto que
afecta la voluntad de la administración, en este caso al INRA, siendo su
relevancia tal que de no existir la "simulación" o "apariencia
de la realidad" señalada, no se hubiera procedido a titular en una
superficie determinada o a una persona en específico…”
Teniendo en cuenta la definición normativa y el desarrollo
jurisprudencial señalado precedentemente, se entiende que hay simulación
absoluta, cuando se crea un acto aparente que difiere de la realidad, que se
vincula directamente con la decisión de la autoridad administrativa, debiendo
probarse su existencia con documentación idónea.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los Terceros Interesados
- Antecedentes Procesales: Auto de Admisión
- Antecedentes Procesales: Réplica y Dúplica
- Antecedentes Procesales: Excepciones
- Antecedentes Procesales: Autos para Sentencia y Sorteo
- Actuados En Sede Administrativa, Para Resolver La Demanda De Nulidad De Título Ejecutorial
- Documentación Relevante Cursante En Obrados, De La Demanda De Nulidad De Título Ejecutorial
- Fundamentos Jurídicos De La Sentencia
- FJ.1. Naturaleza jurídica de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.2. Sobre el error esencial que destruya la voluntad de la administración
- FJ.3. Sobre la simulación absoluta
- FJ.4. En cuanto a la ausencia de causa
- FJ.5. Sobre la violación de la ley aplicable, de las formas esenciales o de la finalidad que inspiró su otorgamiento
- FJ.6. De la legitimación
- FJ.7. Análisis del caso concreto
- FJ.7.1. Sobre la simulación absoluta y ausencia de causa, en el sentido que, Marieta Rosina Pérez Ramos en el proceso de saneamiento no hizo conocer al INRA su condición de apoderada-administradora del predio "Hacienda
- FJ.7.2. Respecto al error esencial y violación de la ley aplicable, vinculado a la naturaleza de los actos de hecho (posesión y detentación) y las personas de los beneficiarios del predio denominado "Hacienda Ucuchi"
- Por Tanto 1