SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 031/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 031/2023

Fecha: 13-Jun-2023

Fundamentos Jurídicos

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De la relación del proceso de Nulidad de Títulos Ejecutoriales, conforme los argumentos expuestos en la demanda, contestación de la demandada, así como del tercer interesado y teniendo presente que el demandante acusa las causales de: 1) Error esencial; 2) Simulación absoluta; 3) Ausencia de causa; 4) Violación de la Ley aplicable, previstas en el art. 50.I.1.a) y c), 2.b) y 2.c) de la Ley Nº 1715, expresando como argumento central que las parcelas 13, 16, 32, 56, 57, 59, 61 y 62, habrían sido saneadas de manera fraudulenta, no contemplando que los mismos pertenecían a su familia (abuelos y padres); por lo que, las posesiones alegadas serían ilegales, los que caen dentro del marco dispuesto en el art. 310 del D.S. N° 29215, toda vez que dichos terrenos descansarían en la titularidad de derecho propietario de su persona como heredero, el cual estaría reconocido por el art. 3 de la Ley N° 1715 y los arts. 56.I y II y 397 de la CPE; en ese entendido esta jurisdiccional a fines de lo demandado, se pronunciará en relación a los siguientes aspectos: 1) La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial; 2) El ejercicio del derecho propietario basado en la posesión y el cumplimiento de la Función Social; 3) Análisis del caso concreto.