SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 040/2023
Fecha: 01-Ago-2023
Encabezado
SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 040/2023
Expediente: Nº 4631/2022
Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial
Demandante: David Arroyo Orellana
Demandado: Lucio Arroyo
Distrito: Cochabamba
Propiedad: “Lucio”
Fecha: Sucre, 01 de agosto de 2023
Magistrada Relatora: Elva Terceros Cuellar
La demanda de Nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 13 a 17 vta., y memoriales de subsanación de fs. 29 y vta., 35, 40 a 43 de obrados, interpuesta por David Arroyo Orellana, impugnando el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-594911 de 6 de junio de 2016, emitido con base a la Resolución Suprema 228640 de 2 de abril de 2008, rectificada por Resolución Suprema 17418 de 14 de diciembre de 2015, a favor de Lucio Arroyo, respecto al predio denominado “Lucio”, clasificado como pequeña propiedad con actividad agrícola, con una superficie de 1.1868 ha, ubicado en el municipio de Quillacollo, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los terceros interesados.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal y Actuados relevantes del proceso.
- Antecedentes Procesales: Actuados procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos de la Sentencia
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. Norma aplicable al caso de autos.
- FJ.II.3. Definiciones en relación a las causales de nulidad establecidas en el art. 50.I.1 inc. c) y 2 incs. a), b) y c) de la Ley N° 1715.
- FJ.II.3. 1. Simulación Absoluta, art. 50.I.1.c) de la Ley N° 1715.
- FJ.II.3. 2. Incompetencia en razón de la materia, del territorio, del tiempo o de la jerarquía, art. 50.I.2.a) de la Ley N° 1715.
- FJ.II.3. 3. Ausencia de causa, art. 50.I.2.b) de la Ley N° 1715.
- FJ.II.3. 4. Violación de la Ley Aplicable, art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715.
- FJ.III.1.
- FJ.III.2.
- FJ.III.3.
- Por Tanto 1