Resolución recurrida: Sentencia N° 01/2021 de 18 de junio de 2021.
Fecha: 13-Ago-2021
Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
I.1. Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
El Juez Agroambiental de Quillacollo, mediante Sentencia N° 01/2021 de 18 de junio de 2021, cursante de fs. 144 a 146 vta. de obrados, resolvió la pretensión estableciendo en su parte resolutiva de manera textual lo siguiente: "El suscrito Juez Agroambiental del Asiento judicial de Quillacollo administrando justicia a nombre de la Ley y en virtud de la Jurisdicción y Competencia que por ella ejerce FALLA en primera instancia declarando PROBADA la demanda, amparándose en la posesión de la demandante y condenando en costas y costos a la parte perdidosa, sin perjuicio de los daños a que hubiera lugar, así como las acciones previstas en el Código Penal que establece la jurisprudencia para los interdictos de conservar la posesión. " (sic.) decisión judicial que se sustenta en la valoración y análisis integral de la prueba admitida y producida, por las que la autoridad judicial llega a la convicción de que: a) la parte actora habría probado la posesión continua e ininterrumpida sobre el terreno motivo de la controversia, donde realiza actividad agraria mediante la producción de maíz, papa y otros productos, conforme declaraciones testificales producidas; b) la parte demandada en ningún momento alegó haber estado en posesión del predio, menos antes de la fecha de perturbación de la posesión (noviembre de 2020); c) se demostró los actos perturbatorios por parte de las demandadas, consistentes en la tala de tres árboles de eucalipto ubicados al interior del predio objeto de la demanda; d) la parte demandada colocó postes y respectivo alambrado en el terreno que es de data reciente corroborado por el informe técnico y lo manifestado por el abogado de la parte demandada, la inspección judicial y las pruebas testificales de fs. 139, 140 y 141 de obrados. Concluyendo que los hechos perturbatorios fueron realizados en el momento indicado en la demanda dentro del plazo previsto en el art. 1462 del Código Civil.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la Sentencia recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación, cursante de fs. 154 a 157 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación cursante de fs. 165 a 167 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- El caso concreto
- El caso concreto: Respecto a la transgresión del art. 122 de la CPE que establece: "Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley", por cuanto la autoridad judicial de instancia no habría considerado las certificaciones emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de Sicaya y la emitida por el INRA, relativas a que el predio se encontraría fuera del área urbana; al respecto, corresponde mencionar que según el análisis y explicación contenida en el FJ.II.2 de la presente resolución, se establece, para que el Juez Agroambiental asuma la competencia en cuanto al conocimiento, tramitación y resolución de una determinada causa, está obligado previamente a determinar la misma, mediante la inspección judicial que permita evidenciar cuál la actividad, el uso y el destino en la propiedad motivo de controversia, siendo competente en aquellos casos donde exista actividad agraria, pecuaria, forestal, ambiental y/o protección de la biodiversidad conforme las previsiones contenidas en los arts. 189
- Por Tanto 1
- Por Tanto 2