Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2021 de 22 de junio de 2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2021 de 22 de junio de 2021

Fecha: 13-Sep-2021

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes.

I.5. Actos procesales relevantes.

I.5.1. De fs. 3 a 5 de obrados, cursa documento de transferencia de una fracción de terreno de 362.772 ha de 22 de octubre de 2015 de la superficie total de 1988.3168 ha, suscrito entre Bladimiro Costaleite Algarañaz como vendedor y Mauricio Cardozo Costaleite y Leonardo Silva Costaleite como compradores, quedando a favor del vendedor la superficie de 300 ha, los que deberán ser mensuradas a su favor.

I.5.2. A fs. 38 de obrados, cursa Depósito Bancario de 11 de noviembre de 2020 al Banco Unión S.A - Agencia San Ignacio, de Bs. 15.000, realizados en favor del demandado Bladimiro Costaleite Algarañaz por su hija Melva Costaleite Zeballos.

I.5.3. De fs. 62 a 63 de obrados, cursa Documento Privado de Compromiso de Pago de 22 de octubre de 2015, de Bs. 15.000, suscrito entre Bladimiro Costaleite Algarañaz como vendedor y Mauricio Cardozo Costaleite y Leonardo Silva Costaleite como compradores, la Cláusula Segunda establece que los pagos realizados serán, el 22 de noviembre de 2015, la suma de Bs. 5.000; el 22 de diciembre de 2015, la suma de Bs. 5.000 y el 22 de enero de 2016, se cancelará la suma de Bs. 5.000.

I.5.4. De fs. 181 a 184 de obrados, cursa Acta de Audiencia de 25 de mayo de 2021, donde el Juez Agroambiental fija los puntos de hecho a probar, para los demandantes compradores: 1) Acreditar la existencia real y efectiva del contrato de compra venta, cuyo cumplimiendo se persigue; 2) Acreditar desde la suscripción del contrato de compra venta, el, cumplimiento de parte y/o óbice para su incumplimiento; 3) Demostrar, justificar y comprobar documentalmente y físicamente, el incumplimiento del contrato de compra venta por parte de los demandados; 4) Demostrar y justificar las causas que motivaron su demanda de cumplimiento de contrato; 5) Demostrar y justificar los fundamentos legales de su pretensión jurídica legal sobre aspectos, a efectos del cumplimiento del contrato de compra venta; 6) Demostrar y justificar la existencia de posibles daños y perjuicios causados. Para el demandado vendedor reconvencionista, 1) En cuanto a la existencia del hecho impeditivo modificatorio o extintivo del derecho del actor para demandar el cumplimiento del y/o incumplimiento del contrato; 2) Demostrar, justificar y acreditar el cumplimiento y/o incumplimiento del contrato de compraventa desde la suscripción hasta el estado de autos por la parte demandada; 3) Demostrar os aspectos jurídicos debidamente fundamentados, demandados de nulidad de contrato de compraventa suscrito entre partes y el motivo de la reconvención; 4) Demostrar, comprobar y justificar la verosimilitud en el derecho propietario y posesorio del fundo objeto del contrato y la libre disponibilidad a la fecha de autos; 5) Demostrar, comprobar y justificar algún óbice jurídico que contraste o enerve en el incumplimiento del contrato de compra venta; 6) Demostrar y justificar la existencia de posibles daños y perjuicios causados.

I.5.5. De fs. 187 a 188 vta. de obrados, cursa Testimonio de Sentencia del proceso agrario de Dotación de Tierras Fiscales del predio denominado "Retiro de Costaleite" otorgado a Eulalia Costaleide Algarañaz con la superficie de 1.956, 6560 ha y a José Hernán Castro Eid la fracción denominada "Tacuaralito" con la superficie de 1.007,3857 ha. ubicados en el cantón Santa Ana, provincia Velasco del departamento de Santa Cruz.

I.5.6. A fs. 238 de obrados, cursa decreto de 24 de junio de 2021, por el cual el Juez de instancia emite oficio al INRA para que remita a su despacho el Testimonio de Sentencia del proceso agrario de Dotación de Tierras Fiscales del predio denominado "Retiro de Costaleite" otorgado a Eulalia Costaleite Algarañaz con la superficie de 1.956, 6560 ha y a José Hernán Castro Eid la fracción denominado "Tacuaralito" con la superficie de 1.007,3857 ha.