Resolución recurrida: Sentencia Definitiva N° 14/2022 de 2 de diciembre de 2022.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia Definitiva N° 14/2022 de 2 de diciembre de 2022.

Fecha: 14-Mar-2023

Considerando 3

CONSIDERANDO II

Por lo expuesto precedentemente, los fundamentos que se dirán a continuación en base a las consideraciones que precederán se tiene que la sentencia inicial está plenamente justificada y por ello corresponde dar curso a la ejecución especial de la obligación impaga.

I.- Los accionados ejecutivamente, son deudores sobre un saldo total de $us. 220,160.- (DOSCIENTOS VEINTE MIL CIENTO SESENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS), obligación que está acreditada a través del testimonio No. 079/2017 de fecha 07 de febrero de 2017 “título ejecutivo”, mismo que fue protocolizado ante autoridad competente, tal como se tiene dispuesto en la sentencia inicial.

II.- Como también al ejecutante y/o acreedor le asiste el derecho de exigir ejecutivamente el pago de la obligación u obligaciones no satisfechas por los deudores en los plazos que se le ha otorgado, derecho que está señalado en el Art. 1465 del Código Civil y al no haberse probado la excepción presentada por la parte demandada por los fundamentos ya expuestos, se da lugar a la continuación del proceso hasta el remate de bienes hasta dar cumplimiento, mediante pago, de las sumas debidas, entrando así a la fase de ejecución , observando el tramite previsto por los artículos 397 y siguientes de Ley Adjetiva Civil.

De lo relacionado precedentemente y de los medios probatorios ofrecidos y producidos en el presente caso, que ha sido apreciados y valorados en apego a las previsiones contenidas por los art. 1 numeral 16), 24 numeral 4) y 134 del Código Procesal Civil y art. 1286 del Código Civil, han formado convicción en el juzgador para concluir con la no viabilidad de la excepción de pago parcial documentado formulada por JULIA VELIZ DE RIOS (deudora principal), RUSSELL ERLIS RIOS VELIZ, SILENI RIOS VELIZ y GIANNY VIOLETA RIOS VELIZ (garantes hipotecarios .-