Auto Supremo AS/0095/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2003

Fecha: 26-Feb-2003

No obstante que la interpretación legal del Tribunal ad quem, es correcta, sin embargo al


No obstante que la interpretación legal del Tribunal ad quem, es correcta, sin embargo al revocar la sentencia y declarar probada la demanda, incurre en error de derecho y de hecho, en el primer caso al otorgar a la certificación expedida por la Sub-Registradora de Derechos Reales, Dra. Gladys Calvo de Tórrez, en fecha 22 de octubre de 1998, saliente a fs. 13, la eficacia jurídica prevista en el art. 1296 del Código Civil, sin que exista prueba alguna que respalde la certificación emitida por la Sub-Registradora y en el segundo porque dicha certificación incurre en franca contradicción con la certificación expedida por el Registrador el 30 de septiembre de 1998, a fs. 14, que acredita que el documento de 24 de diciembre de 1997 lleva como fecha de registro el 20 de mayo de 1997 y del documento de 2 de mayo de 1997 su registro data del 23 de mayo de 1997, en el documento, de igual modo no guarda relación con los registros colocados al margen de cada documento y final de los mismos y que hacen fe conforme establece el art. 1547-I y 1562 del Código Civil