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    Auto Supremo AS/0241/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0241/2004

    Fecha: 08-Dic-2004

    Tampoco se ha de olvidar que, por disposición del art


    Tampoco se ha de olvidar que, por disposición del art. 69 del citado Código, la rebeldía establece una presunción de verdad respecto a los hechos lícitos afirmados por quien obtuvo que se la declare
    • CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de fs
    • CONSIDERANDO: Dicho recurso se apoya en los siguientes fundamentos
    • Agrega la recurrente que el auto de vista ni siquiera cita el art
    • Notificada con la resolución en fecha 26 de abril de 2003, hs
    • La resolución de segunda instancia recurrida hace notar, además, que el auto de fs
    • Lo anterior no significa en modo alguno desvirtuar lo aseverado en el auto de vista
    • En el auto de vista recurrido, a fs
    • Por otra parte, se debe tener presente que la causa ha sido tramitada en rebeldía
    • Tampoco se ha de olvidar que, por disposición del art
    • En el sub lite, la sentencia, lo mismo que el auto de vista recurrido, no
    • POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
    • RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dra. Nelly De la Cruz de Palomeque
    • Proveído : Sucre, 08 de Diciembre de 2004
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera
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