Auto Supremo AS/0021/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0021/2005

Fecha: 27-Ene-2005

En efecto, a fin de reencausar el proceso, este Tribunal Supremo anota los siguientes vicios


En efecto, a fin de reencausar el proceso, este Tribunal Supremo anota los siguientes vicios de procedimiento:

La demanda de fs. 4, interpuesta por el abogado Carlos E. Lizarazu Zurita, tiene como petición concreta, la reivindicación, desocupación y entrega del inmueble sito en la Uv.47 Mz. Nº 25 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, inmueble que sostiene haberlo adquirido en compra de su anterior propietario Pastor Pesoa Soliz, por Escritura Pública de 30 de abril de 1971 ante el Notario Róger Bruno Garabito, registrada en Derechos Reales a fs. 171, Nº 171 del Registro de Propiedad de la Prov. Andrés Ibáñez, el 3 de mayo de 1971