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    Auto Supremo AS/0021/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0021/2005

    Fecha: 27-Ene-2005

    RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez


    RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
    • Resolución que es impugnada en casación por el demandado, quien acusa la violación del art
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso interpuesto, se evidencia
    • En efecto, a fin de reencausar el proceso, este Tribunal Supremo anota los siguientes vicios
    • Así resumida la demanda, es evidente que la misma se sostiene en la transferencia de
    • Que, la Juez 4º de Partido en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz,
    • Es en ocasión de plantear recurso de apelación por parte del demandado cuando éste advierte
    • Que, no obstante esta advertencia, el tribunal ad quem a tiempo de pronunciar su resolución
    • CONSIDERANDO: Que, si bien corresponde a las partes exponer los hechos y al juez aplicar
    • Por lo expuesto, corresponde al Tribunal Supremo hacer uso de la facultad fiscalizadora que reserva
    • POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Excma
    • No siendo excusable el error en el que ha incurrido la juez a quo, como
    • RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Proveído : Sucre, 27 de enero de 2005
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.

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