Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0021/2005
Fecha: 27-Ene-2005
Regístrese y devuélvase
Regístrese y devuélvase
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CONSIDERANDO: El auto de vista de fs
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Resolución que es impugnada en casación por el demandado, quien acusa la violación del art
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CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso interpuesto, se evidencia
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En efecto, a fin de reencausar el proceso, este Tribunal Supremo anota los siguientes vicios
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Así resumida la demanda, es evidente que la misma se sostiene en la transferencia de
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Que, la Juez 4º de Partido en lo Civil de la ciudad de Santa Cruz,
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Es en ocasión de plantear recurso de apelación por parte del demandado cuando éste advierte
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Que, no obstante esta advertencia, el tribunal ad quem a tiempo de pronunciar su resolución
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CONSIDERANDO: Que, si bien corresponde a las partes exponer los hechos y al juez aplicar
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Por lo expuesto, corresponde al Tribunal Supremo hacer uso de la facultad fiscalizadora que reserva
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POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Excma
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No siendo excusable el error en el que ha incurrido la juez a quo, como
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RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Regístrese y devuélvase
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Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Dr. Armando Villafuerte Claros
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Proveído : Sucre, 27 de enero de 2005
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Dra. Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera.
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