Auto Supremo AS/0167/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2005

Fecha: 10-Oct-2005

CONSIDERANDO: A fs


 

VISTOS: El recurso de de nulidad y casación de fs. 274-277 vta. presentado por el abogado Hugo Montellano Roldán, en representación de Oscar Araníbar Pardo, contra el auto de vista de fs. 271 y vta. dictado por la Sala Civil de la R. Corte Superior del Beni en fecha 10 de junio de 2003, en el proceso ordinario sobre reconocimiento de gestión de negocios, restitución de gastos y subrogación de crédito que sigue contra Walter Villazón Terán; lo actuado en el proceso, y

CONSIDERANDO: A fs. 237- 243, el Juez 2º de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad - Beni, dicta la sentencia de fecha 7 de abril de 2003 declarando improbada la demanda de reconocimiento de gestión de negocios ajenos, restitución de gastos en la suma de $US. 135.200, subrogación de crédito y complementación de fs. 10 a 11, interpuesta por Oscar Araníbar Pardo, representado por Hugo Montellano Roldán, contra Walter Villazón Terán, representado por Cristian Villazón Camacho, determinando no haber lugar al reconocimiento de la gestión de negocios ajenos ni a la restitución de la suma referida, como tampoco haber lugar a la subrogación de crédito demandados, dejando constancia de no existir novación subjetiva. Del mismo modo, declara improbada la excepción de transacción opuesta por el nombrado demandado