Auto Supremo AS/0167/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2005

Fecha: 10-Oct-2005

CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer


CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer:

El actor Oscar Araníbar Pardo presenta su demanda de fs. 1 a 4, manifestando haber realizado una gestión de negocios que benefició a Walter Villazón Terán, conforme a los art. 973 y siguientes del Código civil, de acuerdo al detalle expuesto en la misma demanda. Empero, en ella, a fs. 3, textualmente escribe "el señor Walter Villazón encargó a mi persona, además de la compra ya referida y efectuada, el mantenimiento de la propiedad, la cual no contaba con ninguna mejora, señalando que él compraría ese mismo año ganado para hacer una aparcería". Esa demanda fue respondida a fs. 84 a 87 vlta., y en ella el demandado manifiesta : "Es cierto y evidente que mi persona y el señor Oscar Araníbar Pardo manteníamos una relación muy allegada casi diríamos familiar entre mi persona y toda mi familia, me cabe señalar que desde el momento que hablé con él sobre la compra de fundos rústicos, quedamos que él sería mi aparcelario, tal como manifiesta en su demanda de fs. 3, por esa razón es que accedí a comprar dichos fundos"