CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer
CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer:
El actor Oscar Araníbar Pardo presenta su demanda de fs. 1 a 4, manifestando haber realizado una gestión de negocios que benefició a Walter Villazón Terán, conforme a los art. 973 y siguientes del Código civil, de acuerdo al detalle expuesto en la misma demanda. Empero, en ella, a fs. 3, textualmente escribe "el señor Walter Villazón encargó a mi persona, además de la compra ya referida y efectuada, el mantenimiento de la propiedad, la cual no contaba con ninguna mejora, señalando que él compraría ese mismo año ganado para hacer una aparcería". Esa demanda fue respondida a fs. 84 a 87 vlta., y en ella el demandado manifiesta : "Es cierto y evidente que mi persona y el señor Oscar Araníbar Pardo manteníamos una relación muy allegada casi diríamos familiar entre mi persona y toda mi familia, me cabe señalar que desde el momento que hablé con él sobre la compra de fundos rústicos, quedamos que él sería mi aparcelario, tal como manifiesta en su demanda de fs. 3, por esa razón es que accedí a comprar dichos fundos"
- MINISTRO RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: A fs
- CONSIDERANDO: Después de exponer un análisis general de la sentencia, del auto de vista y
- Por otro lado, indica que el Tribunal de alzada no ha considerado que la sentencia
- Asimismo, el auto de vista no ha resuelto el hecho acusado y probado en sentido
- Por todo ello, sostiene haberse violentado el art. 236 del Adjetivo Civil
- II
- Expresa que el auto de vista, al no considerar ni valorar la errónea aplicación del
- La sentencia viola el citado art
- Tales documentos coincidentes entre sí -sostiene- acreditan la falsedad que se ha perpetrado, no sólo
- El recurrente señala como otro ejemplo de la mala fe del demandado es que en
- Con tales fundamentos, "recurre de casación o nulidad" pidiendo casar el auto de vista y,
- CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer
- Con base a los antecedentes analizados en primera instancia, el juez dictó la sentencia de
- En el curso del proceso y especialmente en el término de prueba, el actor ha
- Existe, pues, contradicción entre lo que se manifiesta en la demanda de fs
- La aparcería, deriva de aparcero, del latín ad, a, partiarius, de pars, partis, parte, y
- Pero, la gestión de negocios no es un contrato, por eso se decía de el
- Consiguientemente, de lo anotado se desprende que el demandante se ha apoyado primero en el
- Sin embargo, esas contradicciones, aparentemente de sutiles diferencias, reviste trascendencia en una acción concreta a
- A pesar de la posibilidad de que en la gestión de negocios, el gestor realice
- Por estas consideraciones, este Tribunal Supremo concluye afirmando que el tribunal de segunda instancia no
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de laCorte Suprema de Justicia, con la facultad que
- En cuanto a la denuncia del documento acusado de falso, cursante a fs
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 10 de Octubre de 2005
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
