Tales documentos coincidentes entre sí -sostiene- acreditan la falsedad que se ha perpetrado, no sólo
III) Mala fe manifiesta del demandado.- En párrafo aparte el recurrente se refiere al documento de fs. 44, "que no fue firmado por el demandante Oscar Aranibar Pardo, quien lo impugnó personalmente conforme consta en el otrosí segundo del memorial de fs. 96 a 99, en el que "desconoce el documento por ser fraguado". Tal aspecto está probado con los documentos de fs. 160 a 168 presentados por el demandante y ahora recurrente, y los de fs. 196 a 204, presentados por el mismo demandado y que corroboran la falsedad del mismo (fs. 44) "
Tales documentos coincidentes entre sí -sostiene- acreditan la falsedad que se ha perpetrado, no sólo del documento mismo, cuyo original no quiso ser presentado. Esta falsedad fue denunciada y sólo mereció que el a quo se extrañara de tal actitud y no se valoró conforme a derecho. Este aspecto que es parte del recurso de apelación y constituye delito de acción pública no ha sido tomado en cuenta ni mencionado en el auto de vista
- MINISTRO RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
- CONSIDERANDO: A fs
- CONSIDERANDO: Después de exponer un análisis general de la sentencia, del auto de vista y
- Por otro lado, indica que el Tribunal de alzada no ha considerado que la sentencia
- Asimismo, el auto de vista no ha resuelto el hecho acusado y probado en sentido
- Por todo ello, sostiene haberse violentado el art. 236 del Adjetivo Civil
- II
- Expresa que el auto de vista, al no considerar ni valorar la errónea aplicación del
- La sentencia viola el citado art
- Tales documentos coincidentes entre sí -sostiene- acreditan la falsedad que se ha perpetrado, no sólo
- El recurrente señala como otro ejemplo de la mala fe del demandado es que en
- Con tales fundamentos, "recurre de casación o nulidad" pidiendo casar el auto de vista y,
- CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este tribunal ha llegado a establecer
- Con base a los antecedentes analizados en primera instancia, el juez dictó la sentencia de
- En el curso del proceso y especialmente en el término de prueba, el actor ha
- Existe, pues, contradicción entre lo que se manifiesta en la demanda de fs
- La aparcería, deriva de aparcero, del latín ad, a, partiarius, de pars, partis, parte, y
- Pero, la gestión de negocios no es un contrato, por eso se decía de el
- Consiguientemente, de lo anotado se desprende que el demandante se ha apoyado primero en el
- Sin embargo, esas contradicciones, aparentemente de sutiles diferencias, reviste trascendencia en una acción concreta a
- A pesar de la posibilidad de que en la gestión de negocios, el gestor realice
- Por estas consideraciones, este Tribunal Supremo concluye afirmando que el tribunal de segunda instancia no
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de laCorte Suprema de Justicia, con la facultad que
- En cuanto a la denuncia del documento acusado de falso, cursante a fs
- MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 10 de Octubre de 2005
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
