Auto Supremo AS/0440/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2005

Fecha: 11-Nov-2005

Que ninguno de los extremos observados en el precedente invocado guarda relación con la fundamentación


Que ninguno de los extremos observados en el precedente invocado guarda relación con la fundamentación jurídica del Auto de Vista impugnado sustentado en errónea apreciación de la prueba, por tanto la actuación del tribunal de apelaciones en ambos procesos responde a actividades procesales diferentes, por lo que el precedente invocado no se encuentra en relación contradictoria con el sentido jurídico de la resolución de alzada