Regístrese, hágase saber y devuélvase
De conformidad al Art. 135 de la Ley 1970, remítase una copia del presente Auto Supremo al Consejo de la Judicatura, para su acumulación en el Escalafón Judicial del Vocal que consigna la representación de fojas 84.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- PARTES : Ministerio Público c/ Lilian Escalante Callejas
- Estafa y otro
- 1
- 2
- 3
- 4
- CONSIDERANDO: que, Lilian Escalante Callejas, interpone el recurso de casación dentro del término de los
- II
- III
- IV
- V
- VI
- CONSIDERANDO: que, el recurso de casación deducido por Lilían Escalante Callejas, no cumple con los
- Esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no
- Que, en éste sentido el Auto Supremo Nº 110 de 31 de marzo de 2005,
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
