Auto Supremo AS/0139/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2005

Fecha: 05-May-2005

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6.- Que pese a que al Ministerio Público le corresponde la carga de la prueba, no cumplió con dicha obligación, limitándose a ratificar las pruebas de fojas 1 a 8 y 15 a 99 mediante memorial de fojas 211 sin especificar qué pretendía demostrar con ellas fuera del término legal, no siendo admitidas por el juez comisionado, quién emite el informe de fojas 216 a 225, complementado por el de fojas 229 a 230, remitidos a la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, a la que se apersona Sergio Ergueta presentando al juez comisionado más prueba documental de descargo consistente en los certificados de fojas 236, 237, 239 y 240, para luego ser remitido el expediente nuevamente a la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y posteriormente a la Corte Suprema de Justicia, que emite el Auto Supremo Nº 090/2003 disponiendo que la Sala Penal de la Corte Suprema dicte Auto Final de la Instrucción, previo requerimiento fiscal, quien emite su opinión a fojas 292 a 296, 298 a 299 y 313 a 315 requiriendo por el procesamiento y la no extinción de la acción penal