Auto Supremo AS/0209/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0209/2005

Fecha: 23-Jun-2005

CONSIDERANDO: que estando radicado el proceso en esta instancia por haberse planteado el recurso extraordinario


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VISTOS: el recurso de casación de fojas 119 a 120 y vuelta interpuesto por Maximiliana Huarayo de Torrez impugnando el Auto de Vista saliente de fojas 114 a 115 provisto por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el juicio penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas de 19 de julio de 1988, los requerimientos fiscales cursantes de fojas 124 a 125 y de fojas 128 a 129 consideran este último, de oficio, la posibilidad de extinción de la acción penal, los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: que estando radicado el proceso en esta instancia por haberse planteado el recurso extraordinario de casación, previsto por el artículo 296 del Código de Procedimiento Penal, y habiendo el Ministerio Público considerado de oficio, en este estado del proceso, la extinción de la acción penal, este Tribunal debe pronunciarse al respecto junto con el fondo del asunto, máxime si se toma en cuenta que tal situación reviste una forma de conclusión extraordinaria del proceso penal, cuya lógica consecuencia se traduce en la imposibilidad de continuar con el mismo, desapareciendo en el caso de autos, por tratarse de una acción penal pública, la posibilidad de control del Estado sobre el hecho delincuencial sometido a su facultad punitiva, se pasa a resolver conjuntamente el fondo de la causa