3
3.- En lo que respecta a la denuncia de vulneración del art. 5 de la Ley de Abreviación procesal Civil y Asistencia Familiar, conviene precisar que el Juez de Partido 4to. de Trabajo y Seguridad Social al momento de haberse excusado según resolución de fs. 103 vlta. y pasado antecedentes ante su similar de Partido 5to. quién dispuso se eleve ante el superior en grado testimonio de rigor, mediante auto de fecha 25 de octubre de 1999 cursante a fs. 112 dispuso pase el expediente a despacho para dictar la correspondiente resolución cumpliendo a cabalidad el referido artículo en su numeral I, es más, la única finalidad que advierte la disposición legal citada, es una multa y el juez consultante continua conociendo de la causa conforme a ocurrido en autos; en consecuencia no se puede disponer la nulidad de obrados ya que no se ha causado indefensión a ninguna de las partes y es más no afecta al fondo de la cuestión litigada
- AUTO SUPREMO Nº 257 - Social Sucre, 27 de agosto de 2005
- PARTES: Rosario Chávez Landivar c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones "ENTEL" S.A
- RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
- CONSIDERANDO: Que, tramitada la demanda social de fs
- En la forma, se acusa la violación del art
- En el fondo acusa, que es irracional cobrar beneficios sociales y a la vez sueldos
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes procesales y los términos del recurso se
- 2
- 3
- 5
- 6
- El fin perseguido por esta acción fue lograr efectivizar el pago de beneficios sociales (fs
- Que la Ley Nº 975 que prescribe en su art
- En el caso de autos resultaría un contrasentido aplicar responsabilidad a la Empresa demandada quién
- Se concluye de lo expuesto que no correspondía la demanda de beneficios sociales, pagos de
- Consecuentemente al estar justificada por la parte recurrente la infracción acusada en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Se regula honorario profesional en Bs. 200.- que mandará pagar el Juez A quo
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Ministro Relator: Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Sucre, 27 de agosto de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
