Auto Supremo AS/0257/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0257/2005

Fecha: 27-Ago-2005

En la forma, se acusa la violación del art


En la forma, se acusa la violación del art. 90 del Código de procedimiento Civil puesto que la sentencia no se ajusta a la disposición contenida en el art. 202 del Código Procesal del Trabajo, en virtud a que el momento de admitir la demanda se notificó al Ministerio Público según dispone el art. 82 de la Ley 1469 de 19 de febrero de 1993 ya que "ENTEL" era una institución pública; asimismo se omitió diligencias procesales esenciales fijando día y hora para recepcionar declaraciones testificales sin la debida anticipación conforme dispone el art. 453 del Código de procedimiento Civil; alega también que se vulneró la disposición contenida en el art. 5 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar al omitir la remisión del testimonio ante el superior en consulta por haber sido observada la excusa del Juez 4to. de Trabajo y Seguridad Social; también se alegó que se vulneraron las disposiciones contenidas en los arts. 1, 27, 28 y 33 de la Ley 1469 ya que en obrados existen dictámenes contradictorios al momento de emitirse la Sentencia y el Auto de Vista respectivamente; Finalmente fundamenta que se ha vulnerado el art. 22 de la Ley de Abogacía puesto que la actuación del abogado Carlos Pinilla dentro del proceso ha sido sin el correspondiente pase profesional aspecto que fue subsanado en forma posterior