Auto Supremo AS/0035/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0035/2006

Fecha: 26-Oct-2006

b) La reclamada negligencia en la revisión de oficio que se le atribuye al tribunal


b) La reclamada negligencia en la revisión de oficio que se le atribuye al tribunal de apelación, tal como la tiene planteada el recurrente, tampoco resultaría censurable por cuanto, conforme se tiene dicho, la interpretación de los elementos fácticos hacen al fondo de la causa y, siendo así, el tribunal de apelación no pudo pronunciarse de oficio sobre ese tema por una cuestión elemental de competencia, toda vez que, conforme al Art. 236 del adjetivo civil, el tribunal de apelación se encuentra constreñido a circunscribir su resolución únicamente sobre los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación; limitándose en consecuencia, la revisión de oficio, para aquellas cuestiones "in procedendo" mas no para las "in judicando"