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    Auto Supremo AS/0220/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0220/2006

    Fecha: 02-Oct-2006

    DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Compensación

    SALA CIVIL

    AUTO SUPREMO N° 220 Sucre, 2 de octubre de 2006

    DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Compensación
    • DISTRITO : Cochabamba PROCESO: Ordinario - Compensación
    • CONSIDERANDO: El auto de vista confirma la sentencia pronunciada por la Jueza 8° de Partido
    • Contra la resolución de vista, la empresa demandada recurre de casación en el fondo, en
    • Que el auto de vista no se ha pronunciado sobre los agravios esgrimidos de los
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función del recurso interpuesto, este Tribunal
    • Que, a su tiempo, como se tiene expresado líneas arriba, la sentencia de primer grado
    • En efecto, la sentencia en su parte considerativa no dedica atención ni comentario sobre aquellas
    • Que, el art
    • Que los fallos que los órganos jurisdiccionales pronuncian no solo deben ser justos, deben también
    • En definitiva corresponde que se pronuncie nueva sentencia que responda a la clara previsión del
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • No siendo excusable el actuar de la Jueza a quo, se le impone responsabilidad en
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Proveído : Sucre, 2 de octubre de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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