Auto Supremo AS/0220/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2006

Fecha: 02-Oct-2006

Que, el art


Otro aspecto que es importante destacar es la contradicción en la que incurre a la a quo cuando en el Considerando I.- A- Hechos Probados, punto 6) sostiene que se han probado "la realización de otros trabajos fuera de los que fueron objeto de contrato" y sin embargo en el Considerando III, sostiene "tampoco ha sido debidamente demostrado por los actores la deuda de 8.600 $us., adicionales por contrato de trabajo de 19 de julio de 1993, ya que, en dicho contrato se hace mención que se harán los ajustes respectivos por los volúmenes utilizados de ripio, contrato que sólo surte efecto entre ellos por no haberse cumplido con el voto del art. 1297 del Código Civil..."

Que, el art. 192 del Código de Procedimiento Civil en su numeral segundo y cuarto, prevé que la sentencia deberá contener la exposición sumaria del hecho o del derecho que se litiga, análisis y evaluación fundamentada de la prueba y cita de las leyes en que se funda, y la parte resolutiva deberá contener decisiones claras, positivas y precisas sobre la demanda, la reconvención en su caso, y sobre las excepciones opuestas....