Auto Supremo AS/0220/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2006

Fecha: 02-Oct-2006

En efecto, la sentencia en su parte considerativa no dedica atención ni comentario sobre aquellas


En efecto, la sentencia en su parte considerativa no dedica atención ni comentario sobre aquellas excepciones, peor se dijo, motivación y fundamentación y sin embargo, concluye en la parte resolutiva declarándolas probada en parte, sin que se sepa a ciencia cierta cuales fueron declaradas probadas y cuales no y las razones que indujeron a la juzgadora a tomar tal determinación