Auto Supremo AS/0938/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2006

Fecha: 03-Oct-2006

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 256, CASA en parte, el auto de vista de fs. 236-237 y, deliberando en el fondo, declara probada en parte la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción opuesta respecto al periodo académico 1/82 ejercido por el co-recurrente, disponiendo que la entidad demandada cancele al actor, a tercero día la suma de Bs. 447.315,46.- por los siguientes conceptos:


JAIME ROBLES MIRANDA

TOTAL SUELDO PROMEDIO

Bs. 19.986,79

 

INDEMNIZACIÓN

 

 

Años

17

Bs. 339.775,43

Meses

4

Bs. 6.662,26

Días

17

Bs. 943,82

 

 

Bs. 347.381,51

DESAHUCIO

 

 

Meses

3

Bs. 59.960,37

VACACIONES

 

 

1999

30 días

Bs. 19.986,79

2000

30 días

Bs. 19.986,79

 

 

Bs. 39.973,58

TOTAL LIQUIDACIÓN

 

Bs. 447.315,46


 

Monto que debe cancelarse, previo reajuste establecido por el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992, sin multa por ser excusable