Auto Supremo AS/0938/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0938/2006

Fecha: 03-Oct-2006

VI


VI.- Que en ese marco legal, al haberse advertido en los recursos de casación que se incurrió en violación de varias normas, corresponde aplicar los Arts. 271, inc. 4), y 274 del Cód. Pdto. Civ., con la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab