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    Auto Supremo AS/1135/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1135/2006

    Fecha: 04-Nov-2006

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    • DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs
    • CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde resolver el mismo en base a
    • II
    • En coherencia con esta disposición, el artículo 183 del cuerpo legal citado determina que el
    • En consecuencia, en el caso sub lite, los juzgadores de instancia haciendo uso de esta
    • El recurso de reposición planteado por el demandado contra dicho decreto (fs
    • Consiguientemente, en virtud a los antecedentes anteriormente expuestos, este Tribunal no advierte violación o aplicación
    • III
    • IV
    • En la especie, el tribunal de alzada consideró que la solicitud formulada por el recurrente
    • Por lo expuesto y no siendo evidentes las denuncias formuladas, corresponde aplicar lo previsto en
    • POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Excma
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
    • Para resolución, conforme convocatoria de fs
    • Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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