Auto Supremo AS/1135/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1135/2006

Fecha: 04-Nov-2006

Por lo expuesto y no siendo evidentes las denuncias formuladas, corresponde aplicar lo previsto en


Por lo expuesto y no siendo evidentes las denuncias formuladas, corresponde aplicar lo previsto en los artículos 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso concreto por permisión expresa del artículo 252 del Código de Procedimiento Laboral