Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/1135/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1135/2006

    Fecha: 04-Nov-2006

    Ma. del Rosario Vilar G


    Proveído: Sucre, 04 de noviembre de 2.006

    Ma. del Rosario Vilar G
    • DISTRITO: Chuquisaca PROCESO: Social
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
    • VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs
    • CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde resolver el mismo en base a
    • II
    • En coherencia con esta disposición, el artículo 183 del cuerpo legal citado determina que el
    • En consecuencia, en el caso sub lite, los juzgadores de instancia haciendo uso de esta
    • El recurso de reposición planteado por el demandado contra dicho decreto (fs
    • Consiguientemente, en virtud a los antecedentes anteriormente expuestos, este Tribunal no advierte violación o aplicación
    • III
    • IV
    • En la especie, el tribunal de alzada consideró que la solicitud formulada por el recurrente
    • Por lo expuesto y no siendo evidentes las denuncias formuladas, corresponde aplicar lo previsto en
    • POR TANTO: La Sala Social Segunda de la Excma
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
    • Para resolución, conforme convocatoria de fs
    • Relator: Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca