Auto Supremo AS/0319/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0319/2006

Fecha: 24-Ago-2006

CONSIDERANDO: que, los antecedentes que originaron el caso de autos son los siguientes


CONSIDERANDO: que, los antecedentes que originaron el caso de autos son los siguientes:

1.- Que Héctor Maldonado Acebo y Mery Norka Verastegui de Maldonado, el 27 de abril de 2002, confieren poder especial y bastante en favor de Fidel Muruchi Singuri, para vender, alquilar, dar en contrato de anticrético el inmueble de su propiedad registrado en las oficinas de Derechos Reales, ubicado en la Avenida Serrudo Nº 264 de esta ciudad, en mérito a este testimonio de poder Nº 310/02 Fidel Muruchi Singuri, el 11 de febrero de 2003, otorga en calidad de contrato de anticresis, a través de un documento, con reconocimiento de firmas y rúbricas conforme el Art. 319 del Código de Procedimiento Civil, el mencionado inmueble en la suma de $us. 12.000.- dólares americanos, en favor de Roxana Monzón Raya, por el término de un año forzoso y uno voluntario