2.- Jaime Robles Miranda, interpone recurso de nulidad y casación en los siguientes términos
CONSIDERANDO: que contra el Auto de Vista referido, recurren en casación todos los sujetos procesales quienes a su turno, fundamentan de la siguiente manera:
1.- Héctor Llave Poquechoque, Fiscal de Materia, acusa de que el Auto de Vista no sólo es contradictorio e incongruente, sino que viola la ley sustantiva penal porque incurre en inobservancia de los artículos 198 y 199 con relación al artículo 44 todos del Código Penal en cuanto a la participación del co-imputado Jaime Gonzáles Pórcel ya que existe concurso ideal de delitos, estableciendo que con una sola acción cometió dos delitos (artículos 198 y 199 ambos del Código Penal) siendo la sanción mayor de 8 años de reclusión, pero contrariamente se le impuso la pena de 6 años aplicando erróneamente las normas señaladas, a más de incumplir el artículo 355 del Código de Procedimiento Penal que establece que las normas procesales son de orden público y de cumplimiento obligatorio, por lo que solicita que el Tribunal Supremo de la Nación case el Auto de Vista recurrido e imponga de acuerdo a ley la pena de 8 años de privación de libertad en aplicación del artículo 199 segunda parte con relación al artículo 44 del Código Penal.
2.- Jaime Robles Miranda, interpone recurso de nulidad y casación en los siguientes términos:
a) Acusando de ilegales la sentencia y el Auto de Vista por haber sido dictados sin observar las normas establecidas en la Constitución Política del Estado y demás normas civiles y penales, ya que el juez dictó la sentencia de primera instancia, así como el Auto de Vista sin dar cumplimiento a la sentencia constitucional, inobservancia que les hubiera permitido validar ilegalmente fotocopias simples indebidamente legalizadas por funcionarios cuyas designaciones fueron anuladas por dichas Sentencias Constitucionales, a más de reconocer como legal un informe pericial que no cumplió con los requisitos que exige la ley adjetiva
- CONSIDERANDO: que habiéndose pronunciado sentencia de primer grado por el Juez de Partido Tercero en
- Habiendo de esa resolución recurrido todos los actores en apelación, por Auto de Vista de
- 2.- Jaime Robles Miranda, interpone recurso de nulidad y casación en los siguientes términos
- b) que la documental adjunta como prueba por la parte querellante fue legalizada por Dionisio
- c) Respecto a la prueba pericial, el recurrente manifiesta respecto del informe pericial que fue
- d) Acusa de que el Auto de Vista inobserva los artículos 163 del Código de
- e) Que la resolución que autoriza el viaje de la delegación está firmada el día
- f) Respecto a la resolución que aprobó la nueva escala salarial que lleva al final
- g) Que los trámites que se siguieron como actos preparatorios para la aprobación de la
- h) Respecto de la Resolución de Consejo Universitario Nº 49/99 que fue observada por el
- j) Que fue ilegalmente procesado por haber sido sobreseído por el Juez Sumariante del delito
- k) Que el Auto de Vista inobserva la Ley 2175 porque basa su resolución en
- l) El recurrente también acusa de inobservancia de los artículos 85 y 242 del Código
- ll) Respecto al delito de "uso indebido de influencias" acusa de que el Auto de
- m) De la misma manera acusa el recurrente de que el Auto de Vista inobserva
- n) En relación al delito de "peculado" el recurrente fundamenta en sentido de que este
- Por lo que solicita que al no haber sido oído y juzgado en proceso ilegal
- 3) Jaime Gonzáles Pórcel, por su parte fundamenta su recurso en el siguiente sentido
- b) Que el informe pericial que cursa a fojas 3866 consigna la firma de cuatro
- c) Que el Auto de Vista impugnado no ha hecho una correcta apreciación e interpretación
- e) Finalmente manifiesta de que el Auto de Vista pretende condenarle a la injusta pena
- En relación a la conducta de Jaime Robles Miranda en relación a los tipos penales
- c) Delito de uso indebido de influencias
- d) Delito de "conducta antieconómica"
- Siguiendo el mecanismo perfeccionado por Roxin del juicio de "imputación objetiva" tenemos como elementos objetivos
- De la prolija revisión del cuaderno procesal se tiene que en relación a los puntos
- El Ministerio Público al haber centrado su recurso de casación en el incremento de la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Sucre, veintisiete de enero de dos mil siete
- Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara
